Seguro de Accidentes

El seguro de accidentes es un seguro de vida y/o invalidez que se contrata para los trabajadores de una empresa.

El seguro de accidentes

Es un seguro de vida y/o invalidez que se contrata para los trabajadores de una empresa. Este se divide en dos, dependiendo de quién es la persona que reciba el pago del seguro.

Seguro de accidentes personales, cuando es un familiar del trabajador el que recibe el pago del seguro.

Seguro de protección financiera, cuando es la empresa, sindicato u otra organización distinta a la persona designada por el trabajador el que recibe el pago del seguro.

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    ¿Qué es el seguro de Accidentes Personales?

    El seguro de accidentes personales es un seguro general que cubre el pago de una indemnización o reembolsos, según lo que se indique en la póliza cuando la persona muere o sufre lesiones por causa de un accidente o de hospitalización a consecuencia de accidente o enfermedad.

    Se pueden contratar distintas alternativas de coberturas, algunas son las siguientes:

    Alternativa 1:

    Muerte Accidental, inclusive en algunos casos de accidentes de tránsito y gastos de sepelio por accidente.

    Alternativa 2:

     Desmembramiento accidental.

    Beneficios del seguro de accidentes

    El porcentaje de cobertura de un desmembramiento accidental, se calcula según las condiciones particulares de la póliza, a modo de ejemplo se incluye tabla referencial.

    100%: en caso de pérdida total de los dos ojos, o de ambos miembros superiores (brazos), o de las dos manos, o de ambos miembros inferiores (piernas), o de los dos pies, o de un miembro inferior (pierna) con una mano o un brazo;

    50%: por la pérdida total de uno de los miembros superiores (brazos), o uno de los miembros inferiores (pierna), o de una mano;

    40%: por pérdida total de un pie;

    50%: por la sordera completa de ambos oídos;

    25%: por la sordera completa de un oído en caso de que el asegurado ya hubiera tenido sordera completa del otro, antes de contratar este seguro;

    13%: por la sordera completa de un oído;

    50%: por la ceguera total de un ojo en caso de que el asegurado ya hubiere tenido ceguera total del otro antes de contratar este seguro;

    35%: por la ceguera total de un ojo;

    20%: por la pérdida total de un pulgar;

    15%: por la pérdida total del índice derecho o izquierdo;

    5%: por la pérdida total de cualquiera de los demás dedos de la mano;

    3%: por la pérdida total de un dedo del pie.

    Alternativa 3:

    Incapacidad Total Y Permanente Dos Tercios Por Accidente.

    Alternativa 4:

    Gastos Médicos Por Accidente.

    Alternativa 5:

    Cantidad Diaria por Hospitalización a Causa de Accidente o Enfermedad con o sin Convalecencia.

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